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miércoles, junio 18, 2025

El desafío de regular los criptoactivos

El GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional) es una organización intergubernamental creada en 1989 por los países integrantes del G-7, que fija los estándares internacionales y promueve la efectiva implementación de políticas, medidas legales, regulatorias y operativas para prevenir y combatir el Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FPADM), así como también otras amenazas relacionadas con la integridad del sistema financiero internacional. Esta organización tiene en su agenda una evaluación mutua para Argentina (miembro pleno del G-20) durante este año para analizar el cumplimiento técnico y la efectividad de sus 40 recomendaciones.

El origen de estos criptoactivos se remonta 10 años atrás con el bitcoin, una forma de dinero electrónico para transferir pagos on line. Cada nodo digital en los que se estructura este activo digital cumple la función de conectarse a una red que administra y conecta las transferencias por lo que son independientes a pesar de configurar un sistema.

En la actualidad existen más de 300 criptoactivos.  El GAFI habla de estos temas en su recomendación 15, la cual fue modificada en junio de 2019, en plena pandemia de covid-19. En ella recomienda que los países y las instituciones financieras identifiquen y evalúen los riesgos de lavado de activos o financiamiento del terrorismo que puedan surgir con respecto al desarrollo de nuevos productos y prácticas comerciales, incluyendo mecanismos de envío y  el uso de nuevas tecnologías/ desarrollos. En el caso de las instituciones financieras, esta evaluación del riesgo debe hacerse antes de su lanzamiento. Por último, los países como el nuestro y las instituciones financieras deben tomar medidas apropiadas para administrar y mitigar esos riesgos.

La Unidad de Información Financiera, organismo autárquico del Poder Ejecutivo Nacional, mediante una Resolución de 2014 adoptó una definición para las llamadas “monedas virtuales” considerándolas como toda representación digital de valor que puede ser objeto de comercio digital y cuyas funciones son la de constituir un medio de intercambio, una unidad de cuenta, una reserva de valor sin respaldo de jurisdicción o país alguno.

Dicha resolución impone la obligación a determinados sujetos obligados públicos y privados de reportarlas en determinadas ocasiones.

En 2020 la UIF reforzó esos criterios en un comunicado al identificar el aumento global de las transacciones de estos activos.

En nuestro país existe un proyecto de ley presentado por la diputada del FDT de la provincia de Buenos Aires (Liliana Schwindt), el cual se inspira en el modelo colombiano. En principio estas operaciones quedarían enmarcadas en el sistema del mercado de capitales y regulados por la Comisión Nacional de Valores y la Unidad de Información Financiera. Un paso fundamental para su control es la registración de las entidades que pueden operar con estos activos digitales.

Los esfuerzos en la implementación de políticas públicas de control y transparencia sobre los criptoactivos, cobran especial relevancia en el marco de una renegociación de deuda con organismos internacionales como el FMI y el Banco Mundial que tienen estrecha vinculación con el GAFI.

Julieta Pignanelli
Julieta Pignanelli
Abogada UBA. Docente Universitaria UBA, UNLP, UCEs. Especialista en Asesoría Jurídica de Empresas. Asesora parlamentaria.

El GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional) es una organización intergubernamental creada en 1989 por los países integrantes del G-7, que fija los estándares internacionales y promueve la efectiva implementación de políticas, medidas legales, regulatorias y operativas para prevenir y combatir el Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FPADM), así como también otras amenazas relacionadas con la integridad del sistema financiero internacional. Esta organización tiene en su agenda una evaluación mutua para Argentina (miembro pleno del G-20) durante este año para analizar el cumplimiento técnico y la efectividad de sus 40 recomendaciones.

El origen de estos criptoactivos se remonta 10 años atrás con el bitcoin, una forma de dinero electrónico para transferir pagos on line. Cada nodo digital en los que se estructura este activo digital cumple la función de conectarse a una red que administra y conecta las transferencias por lo que son independientes a pesar de configurar un sistema.

En la actualidad existen más de 300 criptoactivos.  El GAFI habla de estos temas en su recomendación 15, la cual fue modificada en junio de 2019, en plena pandemia de covid-19. En ella recomienda que los países y las instituciones financieras identifiquen y evalúen los riesgos de lavado de activos o financiamiento del terrorismo que puedan surgir con respecto al desarrollo de nuevos productos y prácticas comerciales, incluyendo mecanismos de envío y  el uso de nuevas tecnologías/ desarrollos. En el caso de las instituciones financieras, esta evaluación del riesgo debe hacerse antes de su lanzamiento. Por último, los países como el nuestro y las instituciones financieras deben tomar medidas apropiadas para administrar y mitigar esos riesgos.

La Unidad de Información Financiera, organismo autárquico del Poder Ejecutivo Nacional, mediante una Resolución de 2014 adoptó una definición para las llamadas “monedas virtuales” considerándolas como toda representación digital de valor que puede ser objeto de comercio digital y cuyas funciones son la de constituir un medio de intercambio, una unidad de cuenta, una reserva de valor sin respaldo de jurisdicción o país alguno.

Dicha resolución impone la obligación a determinados sujetos obligados públicos y privados de reportarlas en determinadas ocasiones.

En 2020 la UIF reforzó esos criterios en un comunicado al identificar el aumento global de las transacciones de estos activos.

En nuestro país existe un proyecto de ley presentado por la diputada del FDT de la provincia de Buenos Aires (Liliana Schwindt), el cual se inspira en el modelo colombiano. En principio estas operaciones quedarían enmarcadas en el sistema del mercado de capitales y regulados por la Comisión Nacional de Valores y la Unidad de Información Financiera. Un paso fundamental para su control es la registración de las entidades que pueden operar con estos activos digitales.

Los esfuerzos en la implementación de políticas públicas de control y transparencia sobre los criptoactivos, cobran especial relevancia en el marco de una renegociación de deuda con organismos internacionales como el FMI y el Banco Mundial que tienen estrecha vinculación con el GAFI.

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